La historia de una palabra

albala

En 17 obras de la biblioteca, de 1611 a 1917: cada una con su definición, tal como la imprimió, y el enlace a su artículo y a la página del original. La grafía es la de cada época.

1611 Covarrubias

Sebastián de Covarrubias, Tesoro de la lengua castellana o española · la obra

ALBALA, pág. 101 · el artículo y su página del original →

ALBALA, vide Aluala: lab. y la v. son dos letras que se permutan vna por otra, como la f.y la h.

ALVALA, pág. 160 · el artículo y su página del original →

ALVALA, cedula, carta de pago, passaporte, quitançz, mas propiamente se dize albala: porque segun Diego de Vrrea en su terminacion Arabiga, es, beraun, del verbo berehe, que sinifica tener en resguardo: y assi el albala se muestra a las guardas, quando piden ra zon de lo que lleua el mercader, o passajero.

1726-1739 Autoridades

la Academia (1726-1739), Diccionario de Autoridades · la obra

Albala, pág. 162 · el artículo y su página del original →

ALBALA. s. m. El despacho, licéncia, testimonio authéntico, escritúra, carta de pago, ù otro instrumento semejante, por donde consta alguna cosa para la fé pública en Puertos, Aduanas, &c. Es voz de poco uso en Castilla. En Valencia y Aragón se conserva y usa comunmente. Es Arábiga, y viene de la palabra Balá, que significa hizo manifiesta y comprobada alguna cosa, y añadiéndole el articulo A, vale el instrumento de manifestacion, comprobación y seguridad de alguna cosa. Lat. Schedala, vel rescriptum, quo de vefligalls solutione, aut alia quavir buinfimasi materia fit probata fidet. PARTID.2.UL.9. ley 25. Deben todos estos oficiales dar cuenta al Rey cada año, probando las pagas por las…

1770 Oficial 1770

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 2.ª ed. de Autoridades, tomo I, A-B) · la obra

Albala, pág. 132 · el artículo y su página del original →

ALBALÁ. s. m. antiq. La Carta ó Cedula Real en que se concedia alguna merced ó se proveia otra cos. Es voz arábiga tomada de la palabra bala, que significa hacer manifiesta y comprobada alguna cosa, añadido el artículo al. Privilegii tharta. SALAZ. Hist. de la Casa de Lara, tom. 3. fol. 291. El Rey Don Juan H. concedió que pudiese traer su divisa é la Vanda, por albal4 secho en 12. de Junio de 1442. ZUNIC. Anal. de Sev. fol. 319. Por este tiempo cra muy freqüente dar los Reyes albaldes, ó Cartas Reales. ALBALÁ. El despacho, licencia, carta de pago. es escritura, á otro instrumento público, por el qual se hace constar alguna cosa, especialmente en los Puertos y Aduanas por lo que mira á…

1786-1793 Terreros

Esteban de Terreros y Pando, Diccionario castellano con las voces de ciencias y artes · la obra

Albalá, pág. 57 · el artículo y su página del original →

ALBALá, rejistro, cedula que dan en la Aduana de haber pagado los derechos Reales. Fr. Acquis. LatScheduls solati vectigalis. It. Bullette, o polizza. ALBALá, V. Cedula, papelALBAñAL, ó albañar, conducto para arrojar las inmundicias. Fr. Egout. Lat. Latrina, cloacs. It. Chiavica, fogna: tales son los conductos de los lugares comunes, cantarillas de algunas calles, &c. AI DANECA, red' para recojer er peid, y ramplen cierta red para cazar conejos, &c. V. Red.

1822 Oficial 1822

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 6.ª ed.) · la obra

Albala, pág. 31 · el artículo y su página del original →

ALBALA. s. m. y f. ant. La carta ó cédula real en que se concedia alguna merced, ó se proveia otra cosa. || Cualquier escritura ú otro instrumento por el cual se hace constar alguna cosa, como despacho, licencia, carta de pago. Testimonium seriptume> apocha.

1842 Peñalver

Juan Peñalver, Panléxico. Diccionario universal de la lengua castellana · la obra

Albala, pág. 40 · el artículo y su página del original →

ALBALA. m. y f. ant. Cédula real. || Cualquier instrumento por el cual se hace constar algo.

1843 Oficial 1843

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 9.ª ed.) · la obra

Albala, pág. 26 · el artículo y su página del original →

ALBALA. m. y f. La carta ó cédula real en que se concedia alguna merced , ó se proveia otra cosa. Y Cualquier escritura ú otro instrumento por el cual se hacia constar alguna cosa, como despacho , licencia , carta de pago. Testimonium scriptum , apocha.

1846-1847 Domínguez

Ramón Joaquín Domínguez, Diccionario nacional · la obra

Albalá, pág. 71 · el artículo y su página del original →

Albalá, s. m. La cartaó cédula real en que se concedía alguna merced ó se provcía otra cosa. || Cualquier escritura ú otro instrumento por el cual se hacía constar alguna cosa, como deso, licencia, carta de pago. (Acad.) Cédula espedida en la aduana de haer pagado los derechos Albala, Geog. L. en la prov. de Cáeres, con 440 vec.

1847 Salvá

Vicente Salvá, Nuevo diccionario de la lengua castellana · la obra

Albala, pág. 41 · el artículo y su página del original →

ALBALA. m. y f. Len lo antiguo : ahora lo creo exclusivamente masculino.] La carta ó cédula real en que se concedia alguna merced, ó se proveia otra cosa. || Cualquier escritura u otro instrumento por el cual se hacia constar alguna cosa, como despacho, licencia, carta de pago. Testimonium scriptum, apocha. Il] ant. Papel, billete.)

1852 Oficial 1852

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 10.ª ed.) · la obra

Albalá, pág. 26 · el artículo y su página del original →

ALBALÁ. m. y f. La carta ó cédula Real en que se concedia alguna merced, ó se proveia otra cosa. ' Cualquier escritura ú otro instrumento por el cual se hacia constar alguna cosa, como despacho, licencia, carta de pago. Testimonium scriptum, apocha.

1869 Oficial 1869

Real Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 11.ª ed.) · la obra

Albalá, pág. 28 · el artículo y su página del original →

ALBALÁ. m. y f. La carta ó cédula Real en que se concedia alguna merced, ó se proveia otra cosa. || Cualquier escritura ú otro instrumento por el cual se hacia constar alguna cosa, como despacho, licencia, carta de pago.

1870 Gaspar y Roig

Nemesio Fernández Cuesta (dir.), Diccionario enciclopédico de la lengua española · la obra

Albalá, pág. 80 · el artículo y su página del original →

s. m. ant.: papel, billete, carta o cédula real en que se concedia alguna merced, o se proveía otra cosa.— Cualquiera escritura u otro instrumento por el cual se hacia constar alguna cosa, como despacho, licencia, carta de pago, etc

1880-1883 Barcia

Roque Barcia, Primer diccionario general etimológico · la obra

Albalá, pág. 196 · el artículo y su página del original →

Albalá. Masculino y femenino. La carta ó cédula real en que se concedía alguna merced ó se proveía otra cosa. Cualquier escritura ú otro instrumento por el cual se hacía constar alguna cosa, como despacho, licencia, carta de pago. ETIMOLOGÍA. Arabe alb-barã, cédula, hoja, carta, contrato, en P. de Alcalá; pasaporte, en Ibn-Batouta (Viajes, 1, 112); carta de pago, en Mohammed Ibn-Harith (Historia de los cadís de Córdoba, manuscrito de Oxford, púginas 303, 338); carta ó epístola, en Ibn Khaldun (Historia de los berberiscos, II, 351). y en Ibn-Batouta (IV, 268). Los siguientes pasajes de Yanguas dan alguna luz sobre el significado histórico de la voz del artículo: «albalá. Nombre arábigo…

1884 Oficial 1884

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 12.ª ed.) · la obra

Albalá, pág. 41 · el artículo y su página del original →

Albalá. (Del ár. 31,At, albard.) amb. Carta ó cédula real en que se concedía alguna merced, ó se proveia otra cosa. Documento público ó privado en que se hacía constar alguna cosa.

1887-1889 Echegaray

Roque Barcia y Eduardo de Echegaray, Diccionario general etimológico (Echegaray) · la obra

Albalá, pág. 181 · el artículo y su página del original →

Albalá. Ambiguo. La carta ó cédula real en que se concedía alguna merced ó se proveia otra cosa. Cualquier escritura ú otro instrumento por el cual se hacia constar alguna cosa, como despacho, licencia, carta de pago. ETIMOLOGÍA. Del árabe al-bara, cédula, hoja, carta, contrato.

1899 Oficial 1899

La Academia Española, Diccionario de la lengua castellana (diccionario oficial, 13.ª ed.) · la obra

Albalá, pág. 37 · el artículo y su página del original →

Albalá. (Del ár. sl, aldará.) amb. Carta ó cédula real en que se concedía alguna ! merced, ó se proveía otra cosa. ¡Documento : público ó privado en que se hacía constar - alguna cosa.

1917 (2.ª ed., s. a., antes de 1919) Alemany

José Alemany y Bolufer, Diccionario de la lengua española · la obra

Albala, pág. 71 · el artículo y su página del original →

ALBALA. (del ár. albará). amb. Carta o cédula real en que se concedía una merced, o se proveía otra cosa.! Documento público o privado en que se hacía constar alguna cosa.

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